Cuánto se cobra de baja en España
La cifra depende de dos cosas: el origen de la baja y el día en que esté. Lo demás es aritmética sobre su base de cotización.
Cuánto se cobra de baja depende de la causa. Por enfermedad común o accidente no laboral no se cobra prestación los tres primeros días; del 4.º al 20.º se cobra el 60 % de la base reguladora y desde el 21.º, el 75 %. Por accidente de trabajo o enfermedad profesional se cobra el 75 % desde el día siguiente a la baja. La base reguladora diaria sale, en general, de dividir la base de cotización del mes anterior entre 30. Su convenio colectivo puede mejorar estas cifras, así que revíselo antes de hacer cuentas.
Tramos de la prestación
Cuánto se cobra de baja según el tipo y el día
La Seguridad Social distingue dos orígenes de la incapacidad temporal (IT), y cada uno tiene su propio calendario de pago.
- Enfermedad común o accidente no laboral: días 1 a 3, sin prestación; días 4 a 20, el 60 % de la base reguladora; del día 21 en adelante, el 75 %.
- Accidente de trabajo o enfermedad profesional: el 75 % de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja.
- Requisito de cotización: para la enfermedad común hacen falta 180 días cotizados en los cinco años anteriores y estar de alta. Para el accidente, sea o no laboral, y la enfermedad profesional no se exige cotización previa.
- Duración: hasta 365 días, prorrogables otros 180 si se prevé la curación en ese plazo.
Los tres días sin cobrar son lo que más sorprende. Si su convenio no dice nada, esos días no los paga nadie, y en la nómina se nota: con un sueldo de 1.800 € al mes, tres días suponen alrededor de 180 € brutos menos.
Seguridad Social, Prestación de Incapacidad Temporal, consultada el 17 de septiembre de 2026.
Con números
Cómo se calcula: un ejemplo de 30 días
Todo parte de la base reguladora diaria. Para la enfermedad común es la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja, dividida entre 30 si cobra por meses.
Supongamos una base de cotización de 1.800 € en el mes anterior. La base reguladora diaria es de 60 €. Una baja por enfermedad común de 30 días queda así:
- Días 1 a 3: 0 €.
- Días 4 a 20 (17 días al 60 %, 36 € diarios): 612 €.
- Días 21 a 30 (10 días al 75 %, 45 € diarios): 450 €.
- Total de la prestación: 1.062 € brutos, frente a los 1.800 € de un mes trabajado.
Si esos mismos 30 días fueran por accidente de trabajo, serían 29 días al 75 %: 1.305 €. La base de las contingencias profesionales se calcula de otra forma (suma aparte las horas extra del año anterior), así que la cifra real puede ser algo mayor. Si cobra por días, el divisor es el número de días del mes (28, 29, 30 o 31). Si empezó a trabajar ese mismo mes, se usan los días realmente cotizados.
La base de cotización suele incluir la parte proporcional de las pagas extra, por eso el ejemplo es orientativo. Su nómina da el número exacto.
Seguridad Social, cuantía de la incapacidad temporal. Ejemplo elaborado por Global Health con esas reglas; no es un cálculo oficial.
Empresa, INSS o mutua
Quién paga la baja laboral por enfermedad común
Del día 4 al 15, la empresa. Desde el día 16, el INSS o la mutua. Pero usted lo recibe casi siempre por el mismo sitio: la nómina.
La regla general es el pago delegado: la empresa adelanta la prestación con la misma periodicidad que el salario y luego se la descuenta en sus cotizaciones. Por eso la pregunta «¿qué día paga la mutua?» suele tener una respuesta poco emocionante: el día que cobra la nómina. Solo en algunos supuestos la entidad paga directamente; si es su caso, se lo comunicará.
Durante la baja se sigue cotizando: la Ley General de la Seguridad Social mantiene la obligación de cotizar en la incapacidad temporal, cualquiera que sea su causa. Y la prestación tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo, de modo que en la nómina verá su retención.
Muchos convenios colectivos añaden un complemento a cargo de la empresa que eleva lo que cobra durante la baja. La revista de jurisprudencia del BOE recoge, por ejemplo, un convenio que garantizaba el 90 % del salario bruto mensual.
Seguridad Social, IT; Ley General de la Seguridad Social, art. 144.4 (BOE); Agencia Tributaria, Manual IRPF 2025; Revista de Jurisprudencia Laboral 7/2023 (BOE).
Papeles
Partes de baja: qué tiene que hacer usted
Menos que antes. Desde el 1 de abril de 2023 no tiene que entregar copia de los partes a la empresa.
El médico que emite el parte de baja, confirmación o alta le da una copia a usted. El INSS comunica los datos a la empresa por vía electrónica, como máximo el primer día hábil siguiente a recibirlos. Los partes de confirmación llegan con una frecuencia que depende de la duración prevista: cada 14 días como máximo en bajas de 5 a 30 días, cada 28 en las de 31 a 60 y cada 35 en las de 61 días o más.
Una consulta privada, también la nuestra, no emite el parte de baja por incapacidad temporal. Lo emite el médico del Servicio Público de Salud o, si la contingencia es profesional, el de la mutua. Lo que sí podemos hacer es valorarle, tratarle y emitir un justificante médico de la ausencia cuando corresponda. Si la baja es por un problema de salud mental, en nuestra guía sobre la baja laboral por ansiedad explicamos qué valora el médico y qué es la inspección del INSS.
Real Decreto 1060/2022 (BOE-A-2023-160), consultado el 17 de septiembre de 2026.
Global Health España
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La prestación la calcula la Seguridad Social. La valoración de su salud, un médico.
- Consulta médica y justificante médico online
- Baja laboral por ansiedad: quién la emite y qué se evalúa
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Fuentes oficiales
Fuentes de esta guía
Seguridad Social, BOE y Agencia Tributaria, consultados el 17 de septiembre de 2026.
Las cuantías y plazos son los vigentes a septiembre de 2026. Su convenio colectivo puede mejorarlos.
FAQ
Preguntas sobre cuánto se cobra de baja
¿Cuánto me quitan por estar de baja 3 días?
Si la baja es por enfermedad común y su convenio no lo mejora, esos tres días no generan prestación: pierde el salario de esos días. Con 1.800 € al mes, unos 180 € brutos.
¿Se cobra lo mismo de baja por ansiedad o depresión?
Sí. La prestación depende del origen (común o profesional), no del diagnóstico. Una baja por ansiedad de origen común sigue los tramos del 60 % y el 75 %.
¿Se cotiza estando de baja por enfermedad común?
Sí. La obligación de cotizar continúa durante la incapacidad temporal, sea cual sea su causa, así que esos meses cuentan para su vida laboral.
¿Puede un médico privado darme la baja?
No el parte de baja por incapacidad temporal: lo emite el médico del sistema público de salud o el de la mutua. Una consulta privada puede valorarle y emitir un justificante médico.




